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00:00:02.640 --> 00:00:05.288 
El artículo 19 del Decreto 234-2026-NDCP
estipula claramente la autoridad para 

00:00:05.288 --> 00:00:08.417 
manejar la disciplina para las personas
que han renunciado o se han jubilado, 

00:00:08.417 --> 00:00:09.620 
específicamente de la siguiente manera. 

00:00:10.120 --> 00:00:12.112 
1. En caso de ser sancionado
disciplinariamente con la eliminación de 

00:00:12.112 --> 00:00:14.286 
la condición de cargo y título, la
autoridad competente que nombra para 

00:00:14.286 --> 00:00:16.640 
ocupar el cargo y título más alto emite una decisión de sanción disciplinaria. 

00:00:17.060 --> 00:00:21.120 
En este caso, la autoridad competente
decide el manejo de otros cargos y títulos relacionados. 

00:00:21.120 --> 00:00:23.665 
2. En caso de ser sancionado
disciplinariamente con una reprimenda o 

00:00:23.665 --> 00:00:26.672 
una advertencia, la autoridad competente
que nombra para ocupar un cargo o título 

00:00:26.672 --> 00:00:28.060 
emite una decisión de sanción disciplinaria. 

00:00:28.440 --> 00:00:31.298 
Además, el Artículo 20 del Decreto
234-2026-NDCP estipula el orden y los 

00:00:31.298 --> 00:00:33.679 
procedimientos para manejar la
disciplina para las personas que han 

00:00:33.679 --> 00:00:36.060 
renunciado o se han jubilado específicamente de la siguiente manera. 

00:00:36.060 --> 00:00:38.873 
1. En el caso de que haya una decisión
disciplinaria de la autoridad competente 

00:00:38.873 --> 00:00:41.886 
para una persona que ha dimitido o se ha
jubilado y tiene una conducta infractora 

00:00:41.886 --> 00:00:44.900 
durante el proceso de trabajo, la base y
la decisión disciplinaria de la autoridad competente. 

00:00:45.200 --> 00:00:47.153 
El organismo asesor sobre organización y
funcionarios de la autoridad competente 

00:00:47.153 --> 00:00:49.107 
para el tratamiento disciplinario
propone la forma de sanción, el momento 

00:00:49.107 --> 00:00:51.060 
del tratamiento disciplinario y el tiempo de ejecución de la sanción. 

00:00:51.060 --> 00:00:53.835 
2. En caso de que no haya una decisión
disciplinaria de la autoridad competente 

00:00:53.835 --> 00:00:57.800 
para una persona que ha renunciado o se
ha jubilado y tiene una conducta infractora en el proceso de trabajo. 

00:00:57.800 --> 00:00:59.670 
La autoridad competente para manejar la
disciplina de acuerdo con las 

00:00:59.670 --> 00:01:01.880 
regulaciones emite una decisión de
manejo disciplinario y es responsable de su decisión. 

